Cómo registrar una empresa en Guatemala 2026
Guía completa para formalizar tu negocio: Registro Mercantil, SAT e IGSS
Registrar una empresa en Guatemala implica tres trámites principales: obtener la patente o constituir la sociedad en el Registro Mercantil, inscribirte en el SAT para obtener tu NIT, e inscribirte como patrono en el IGSS si tendrás empleados. A continuación te explicamos cada paso con los enlaces oficiales.
1. Registro Mercantil
El primer paso es decidir si operarás como empresa individual (patente) o como sociedad (empresa S.A., S.A. u otra). Para empresa individual, el trámite es más sencillo: solicitas una patente de comercio en el Registro Mercantil. Para sociedades, necesitas escritura de constitución notariada y luego inscribirla en el Registro.
- Empresa individual: Solicitar patente de empresa individual
- Sociedad anónima: Inscripción de sociedad anónima
- Consulta de empresas: Verificar disponibilidad de nombre
El costo varía según el tipo de trámite. La patente de empresa individual suele costar menos que la constitución de una sociedad. Revisa los costos actualizados en el portal del Registro Mercantil.
2. Inscripción en el SAT (NIT)
Una vez tengas tu patente o escritura de constitución, debes inscribirte en el Registro Tributario del SAT para obtener tu NIT (Número de Identificación Tributaria). Este es obligatorio para facturar y cumplir con obligaciones fiscales.
Necesitarás tu DPI, patente o escritura de constitución, y comprobante de domicilio. El trámite puede realizarse en línea. Si eres pequeño contribuyente, revisa el régimen especial en el portal del SAT.
3. Inscripción en el IGSS (si tendrás empleados)
Si planeas contratar trabajadores, debes inscribirte como patrono en el IGSS. Este trámite es obligatorio antes de dar de alta a tus empleados. El IGSS ofrece el portal en línea para la inscripción.
Necesitarás tu NIT, patente o escritura, DPI del representante legal y datos del domicilio fiscal. El tiempo de respuesta varía; consulta el estado en el portal del IGSS.
Orden recomendado
El orden típico es: 1) Registro Mercantil (patente o sociedad), 2) SAT (NIT), 3) IGSS (si aplica). Cada institución puede tardar varios días en procesar. Te recomendamos iniciar con el Registro Mercantil y tener todos los documentos listos para agilizar el proceso.
⚠️ Orientación general — consulta un abogado colegiado para tu caso específico.
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