Última actualización: julio 2026

Cuotas IGSS Guatemala 2026: Cuánto se Descuenta y se Paga

Tanto empleadores como trabajadores necesitan saber exactamente cuánto se paga de IGSS. Acá están los porcentajes exactos, quién debe inscribirse como patrono y qué cubre la afiliación. Calculá tu caso en la calculadora de cuotas IGSS.

Porcentajes de la cuota IGSS

Según el Acuerdo 1401 de la Junta Directiva del IGSS, las cuotas se dividen así:

Cuota patronal: 12.67%

La paga el empleador, sobre el salario del trabajador. Es un costo adicional para la empresa, no se descuenta del salario del empleado.

Cuota laboral: 4.83%

Se descuenta directamente del salario del trabajador.

Ejemplo con salario de Q4,500:

  • Cuota patronal: Q4,500 × 12.67% = Q570.15
  • Cuota laboral: Q4,500 × 4.83% = Q217.35

¿Quién debe inscribirse como patrono?

Según la Ley Orgánica del IGSS (Decreto 295), toda empresa con 3 o más empleados está obligada a inscribirse como patrono. En el municipio de Guatemala, la obligación aplica desde 1 empleado si la actividad de la empresa se considera riesgosa.

Qué cubre la afiliación

Accidentes de trabajo y accidentes comunes.

Enfermedad.

Maternidad.

Invalidez, vejez y sobrevivencia (IVS) — la base de la futura pensión del trabajador.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de IGSS?

12.67% de cuota patronal (paga el empleador) y 4.83% de cuota laboral (se descuenta al trabajador).

¿Desde cuántos empleados debo inscribirme como patrono?

Desde 3 empleados en general; desde 1 en actividades riesgosas en el municipio de Guatemala.

¿Qué cubre el IGSS?

Accidentes, enfermedad, maternidad e invalidez/vejez/sobrevivencia (IVS).

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