Última actualización: julio 2026

Indemnización por Despido en Guatemala: Cuándo se Paga 2026

No todo despido genera derecho a indemnización, y no toda renuncia lo excluye. La clave está en si existió o no una causa justa. Esta guía explica la diferencia y cómo se calcula el monto. Para el resto de tu liquidación, revisá nuestra guía de cómo calcular tu liquidación laboral.

Despido justificado vs injustificado

El Código de Trabajo (Decreto 1441) distingue entre dos escenarios que determinan si corresponde indemnización:

Despido justificado (Art. 77 CT) — no hay indemnización

El patrono termina el contrato por una causa grave atribuible al trabajador: faltas graves de probidad u honradez, actos de violencia o malos tratos contra el patrono, daños materiales intencionales, revelar secretos de la empresa, ausencias injustificadas, desobediencia manifiesta a instrucciones legítimas, entre otras causas listadas en la ley.

Despido injustificado — sí hay indemnización

El patrono termina la relación laboral sin ninguna de las causas del Art. 77, o sin poder probarla.

Retiro justificado del trabajador (Arts. 79 y 82 CT) — sí hay indemnización

El trabajador renuncia por una causa grave atribuible al patrono (por ejemplo, malos tratos, falta de pago del salario, poner en riesgo su vida o salud). Este retiro se equipara al despido injustificado para efectos de indemnización.

La carga de la prueba es del patrono. Si el patrono invoca una causa justa pero no logra probarla, el despido se considera injustificado y corresponde indemnización.

Cómo se calcula

Fórmula (Art. 82 CT):

Indemnización = (Salario + 1/12 del aguinaldo + 1/12 del bono 14) × días de servicio / 365

El salario es el promedio de los últimos seis meses (Art. 82 b). La proporción del aguinaldo y del bono 14 la mandan el Art. 9 del Decreto 76-78 y el Art. 4 del Decreto 42-92.

Ejemplo: Salario fijo de Q4,500.00, del 15 de marzo de 2023 al 15 de julio de 2026 (3 años y 4 meses, 1218 días):

Q5,250.00 × 1218 / 365 = Q17,519.18

Qué hacer si no te la pagan

Podés presentar denuncia ante la Inspección General de Trabajo o demandar ante los juzgados de trabajo. El reclamo por el despido prescribe en treinta días hábiles contados a partir de la terminación del contrato (Art. 260 del Código de Trabajo). No son dos años.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo corresponde indemnización?

En despido injustificado, o cuando el trabajador se retira justificadamente por causa imputable al patrono.

¿Quién debe probar la causa del despido?

El patrono. Si no la prueba, se considera injustificado.

¿Cómo se calcula el monto?

Un mes de salario por año de servicios, proporcional si no se completa el año, sobre el promedio de los últimos seis meses más la proporción del aguinaldo y del bono 14.

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